A- de 2023
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Ministerio De Educacion Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio Y Otro·Demandado Zurita Estacio Diomelina
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre procesos ejecutivos originados en condenas impuestas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Popayán y el Juzgado 3º de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad.
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la “solicitud de ejecución de providencia judicial”, con fundamento en el auto que liquidó las costas procesales ordenadas a favor del FOMAG, en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho adelantado por el Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Popayán.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, se reiteró la Regla de decisión del Auto 008 de 2022 en virtud de cual se estableció que, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Popayán para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Popayán y el Juzgado 3º de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Popayán, el conocimiento de la solicitud de ejecución de providencia judicial promovida por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio en contra de la señora Diomelina Zurita Estacio.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3876 al Juzgado 9 Administrativo del Circuito de Popayán para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 3º de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de la misma ciudad.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.